COVID-19: COMITÉ DE SEGUIMIENTO SANITARIO GESTIONA LA HABILITACIÓN DE NUEVAS ACTIVIDADES


El comité de Seguimiento Sanitario COVID-19 informa que los anuncios realizados por el presidente de la Nación en relación a la nueva etapa del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio no implican medidas de aplicación inmediata y el criterio a utilizar para habilitar actividades en Santa Fe es fijado por el Gobierno Provincial según la situación epidemiológica y demográfica.

En este sentido, en nuestra ciudad se está trabajando entre todas las instituciones que integran el Comité de Seguimiento Sanitario junto al Gobierno de Santa Fe y se presentó una propuesta de habilitación de actividades, conforme a los protocolos de seguridad e higiene. Entre ellas:

* Comercios minoristas con horario restringido de 8.00 hs a 14 hs. (Ingreso con previa solicitud de turno, o en su defecto ingreso de no más de una persona a la vez).

* Peluquerías (con atención mediante turnos y no más de una persona a la vez).

* Trabajos de Albañilería en domicilios particulares.

* Mercerías (venta presencial con previa dación de turno y no más de una persona a la vez).

* Personal de albañilería en obra privada.

* Servicios presenciales de Peluquería, estética y manicura (mediante modalidad por turnos y no más de una persona a la vez)

* Industria en general.

* ANSES, PAMI y la totalidad de las restantes reparticiones públicas nacionales.

* Personal del Servicio doméstico.

* Pinturerías.

* Cerrajerías.

* Actividades de profesionales liberales.

* Actividades al aire libre en espacios públicos debidamente controlados y con prioridad a niños.

La propuesta referida, implica que todas las actividades detalladas, deberán ejecutarse con estricto cumplimiento de los protocolos y recomendaciones en seguridad e higiene elaboradas tanto por el Gobierno Nacional, como también por el Gobierno de la Provincia de Santa Fe.



En todas las actividades propuestas, será condición para su realización, la presentación del respectivo Protocolo de Seguridad e Higiene y las pertinentes Declaraciones Juradas, de conformidad a lo dispuesto por Resolución N° 41/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de nuestra provincia.

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