Desde que el presidente Alberto Fernández anunció las nuevas medidas para enfrentar la pandemia de COVID-19, las redes sociales y los medios de comunicación inyectaron en la conciencia social lo peor de sus estrategias, la mentira en favor de la muerte. Cómo lo hicieron sus ancestros en favor de las dictaduras, ahora quieren confundir a nuestra población con informaciones falsas, haciéndonos creer que sólo en Argentina existen las restricciones.
A continuación, nuestros hermanos latinoamericanos y Europa:
RESTRICCIONES POR COVID-19 EN PAISES LATINOAMERICANOS
Bolivia
➡️Fronteras e Ingreso al Territorio (Decreto Supremo N° 4481):
▪️Obligatoriedad de presentar un PCR negativo y certificado tomado 72 hs antes del embarque (vía aérea) o de la entrada (vía terrestre, fluvial o lacustre).
▪️Aislamiento preventivo de al menos 10 días. Toma de PCR al 7° día a cargo de la persona.
▪️Informar domicilio en territorio boliviano mediante DD.JJ.
▪️No residentes deberán contar con un seguro de salud con cobertura para Covid-19.
➡️Prórroga del cierre de los puntos fronterizos con Brasil hasta el 16/4 y nuevas medidas en las restantes poblaciones limítrofes.
➡️Suspensión de vuelos provenientes de Europa hasta el 31/5 (Decreto Supremo N° 4473).
➡️Encapsulamientos de poblaciones fronterizas donde se haya verificado la circulación comunitaria de variantes del virus.
➡️Se prioriza la vacunación en las fronteras, principalmente en puntos fronterizos con Brasil.
➡️Prórroga de las medidas vigentes hasta el 30/4 (Decreto Supremo N° 4480). Gobiernos subregionales normarán horarios de atención en centros comerciales, bares y discotecas y eventos sociales, deportivos y culturales.
📚Suspensión de clases semipresenciales en regiones fronterizas con Brasil.
Brasil
⚠️ Cada Estado/municipio brasileño determina las reglas para desplazamiento interno y aislamiento social en su territorio. San Pablo, Río de Janeiro y Brasilia decretaron toques de queda nocturnos, prohibición de eventos con aglomeraciones y cierre de comercios.
➡️Situación de fronteras (Decreto N° 652/2021):
▪️Las fronteras aéreas se encuentran abiertas. Se debe completar una DD.JJ. al ingreso.
▪️Vía terrestre sólo pueden ingresar nacionales brasileros y residentes regulares.
▪️Están suspendidos los vuelos desde Sudáfrica y Reino Unido.
▪️Se prohíbe el ingreso de pasajeros que hayan estado en los últimos 14 días en UK o Sudáfrica.
➡️Río de Janeiro (Decreto N° 47.556):
▪️Toque de queda entre las 23 hs y las 5 hs, hasta el 19/4.
▪️Bares, restaurantes, cines, shoppings y establecimientos recreativos al 40%.
▪️Suspensión de eventos en playas, fiestas, casamientos y cualquier otro encuentro de carácter social.
▪️Prohibición de acceso a las playas.
➡️Sao Paulo: finalizó la estricta regulación de actividades y pasó a una nueva fase que permite la apertura de actividades (Decreto N° 65.613)
▪️Extensión de restricciones de cuarentena en los 645 municipios del Estado hasta el 18/4.
▪️Toque de queda de 20:00hs a 5:00hs.
▪️Comercios e industrias pueden abrir con horarios escalonados pero se insta al teletrabajo.
▪️Fiscalización y control para prevenir aglomeraciones, eventos y fiestas clandestinas.
📚Retorno a las clases presenciales.
➡️Brasilia (Decreto N° 41.992):
▪️Toque de queda entre las 22.00 y las 5.00 hs.
▪️ Bares y restaurantes tienen permitido funcionar entre las 11hs y las 21hs.
▪️Prohibición de venta de bebidas alcohólicas desde las 20:00 hs.
Chile
⚠Más del 90% del país se encuentra confinado con aislamiento total (Resolución Exenta N° 326/2021).
🏥Sigue en alza el ingreso de pacientes jóvenes a UTI y presenta una ocupación de camas críticas de un 97% a nivel país.
➡️Estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en todo el territorio nacional prorrogado hasta el 30/06 (Decreto N° 32/2021)
➡️Cierre de fronteras durante todo abril (Decreto N° 82/2021):
▪️Ciudadanos chilenos deberán pedir permiso para realizar viajes al extranjero, sólo se otorgará por razones imperiosas.
▪️Se prohíbe el ingreso de extranjeros no residentes, con excepción de quienes no se encuentran en la lista que la OMS ha declarado como de transmisión comunitaria. También quedan exceptuados quienes estén debidamente autorizados por la autoridad consular chilena en el país de origen.
▪️Choferes de camiones que ingresen por frontera terrestre deben contar con PCR negativo de máximo 72 horas y se realizarán de exámenes aleatorios de antígenos por personal de Salud. De resultar positivos deberán trasladarse a una Residencia Sanitaria.
➡️Toque de queda de 21:00 hs a 5:00 hs, a partir del 05/04 (Resolución Exenta N° 317/2021)
➡️Limitación de permisos de desplazamiento individual, sólo otorgables a trabajadores o prestadores de servicios esenciales que no puedan hacer teletrabajo. No más de dos permisos semanales para personal no esencial del sector público y/o privado.
➡️Restricción de la definición de bienes esenciales de uso doméstico y de los productos comercializados en supermercados.
⛪ Celebraciones religiosas con aforo máximo de 5 personas.
🏀 Actividad física con limitación horaria (de 6:00 a 9:00 hs).
📚 Sistema híbrido de dictado de clases presencial-virtual.
Colombia
✈️🚫Se mantiene la suspensión de vuelos con Brasil (Resolución N° 80/2021) y la prohibición de vuelos provenientes del Reino Unido (Resolución N° 2452/2020).
⚠️Hasta el 01/06 continúan cerradas las fronteras con países limítrofes (Decreto N° 206/2021).
➡️Prórroga del Estado de Emergencia Sanitaria hasta el 31/05 (Resolución N° 222/2021).
➡️Medidas restrictivas desde el 5 al 19/04, que varían según el nivel de ocupación de camas de UTI y de la cantidad de personas infectadas.
▪️Toque de queda nocturno en todos los municipios que tengan una ocupación de UTI superior al 50%. Los horarios varían según las ciudades. Las más complicadas tendrán esa medida entre las 22:00 y las 5:00 hrs.
▪️Pico y Cédula: las personas tendrán restricciones en el uso transporte público y en el ingreso a establecimientos comerciales en función de los números de sus cédulas de identidad.
▪️Prohibición de eventos públicos que impliquen aglomeración, cierre de lugares de baile, fiestas y reuniones en general. Se prohíbe consumo de bebidas alcohólicas en espacios públicos.
▪️Regulación del uso de sitios públicos que generen aglomeración, como playas, malecones y plazoletas.
▪️Autoaislamiento responsable. Recomendación de evitar visitas familiares en espacios cerrados.
Ecuador
⚠️Estado de excepción focalizado por calamidad pública en 8 provincias por 30 días (Decreto Ejecutivo N° 1282/2021).
🏥El sistema de salud está sobrecargado.
➡Lineamientos para Puntos de Entrada por Vía Aérea al Ecuador establecidos por el COE Nacional:
▪️Se deberá presentar prueba RT-PCR o prueba de antígeno negativa, realizadas hasta tres (3) días antes del arribo al país o carné de vacunación contra la COVID-19, salvo menores de dos años y tripulantes.
▪️Cuando el punto de origen, escala o tránsito sea Brasil, residentes o ciudadanos ecuatorianos deberán someterse a cuarentena por 10 días en sus domicilios. Extranjeros no residentes deberán realizar su aislamiento en los alojamientos regulados por los ministerios de Turismo y Gobierno.
▪️Restricciones internas sanitarias, el COE Nacional dispuso:
📚Suspensión de clases presenciales hasta el 26/04 en 8 provincias (Azuay, El Oro, Esmeraldas, Guayas, Loja, Manabí, Pichincha, Santo Domingo de los Tsáchilas).
🏀Suspensión de actividades en gimnasios, centros de entrenamiento físico, canchas deportivas, cines, teatros, parques municipales/metropolitanos.
➖Prohibición de ingreso a playas y balnearios con fines turísticos en las provincias mencionadas.
➖Suspensión de la jornada laboral presencial en el sector público hasta el 26/04.
➖Prohibición de aglomeraciones en espacios públicos.
➖Prohibición de reuniones sociales y familiares de los miembros que no pertenezcan al mismo círculo familiar.
➖Cierre de bares, discotecas, centros de tolerancia y afines.
➖Aforo al 50% en centros comerciales y en restaurantes.
México
➡️No ha adoptado restricciones para el ingreso aéreo de pasajeros en general.
➡️Existen restricciones al tránsito terrestre para actividades no esenciales en su frontera norte y sur hasta el 21/04.
➡️Se debe completar un "Cuestionario de identificación de factores de riesgo en viajeros" ante el servicio de inmigración al arribo.
➡️Se definen restricciones en base a un semáforo de riesgo epidemiológico 🚦
🟢Ninguna restricción. Sólo aquí se permite la actividad escolar presencial.
🟡Se permiten actividades laborales.
🟠Habilita que actividades económicas esenciales y no esenciales trabajen con el 30% del personal y espacios públicos abiertos con un aforo reducido.
🔴Se permiten únicamente las actividades económicas esenciales y salir a caminar alrededor de sus domicilios durante el día.
Paraguay
➡️ Requisitos para el ingreso al país:
▪️Completar Ficha de Declaración de Salud del Viajero dentro de las 24 horas previas al ingreso.
▪️Presentar test negativo, realizado no más de 72 horas antes del embarque. No se aceptan pruebas por antígenos o anticuerpos.
▪️Extranjeros no residentes deben contar con seguro médico internacional para COVID-19 (salvo nacionales del MERCOSUR).
➡️Extranjeros, nacionales y extranjeros residentes que provengan de Brasil deberán, además:
▪️Presentar prueba laboratorial con resultado negativo, realizada no más de 72 horas antes.
▪️Guardar aislamiento en su domicilio, hotel o lugar donde fije residencia, durante un mínimo de 7 días siguientes a su arribo, aunque cuente con test negativo.
▪️Viajeros procedentes de otras regiones del mundo con escala en tránsito menor a 24 horas en territorio brasileño, deberán presentar resultado negativo del test, pero no se les requerirá realizar los 7 días de cuarentena domiciliaria.
➡️Prórroga de las restricciones sanitarias hasta el 19/04 (Decreto N° 5100/2021):
▪️Circulación permitida de 05:00 hasta las 23:59 hs en todo el país
▪️Comercios esenciales habilitados las 24 horas y comercios no esenciales dentro del horario establecido, sin habilitar áreas comunes.
▪️Locales gastronómicos (bar, café, restaurantes) pueden operar entre 05:00 y 23:59, con reserva previa y con un máximo de cuatro personas por mesa.
▪️Eventos sociales permitidos de 05:00 hasta las 23:59 hrs, con un máximo de hasta cien personas, en mesas de hasta seis personas.
▪️Encuentros en residencias particulares hasta un máximo de doce personas.
▪️Horario de trabajo reducido en oficinas para funcionarios públicos, de 8 a 15 hs.
▪️Clases grupales en academias, gimnasios, polideportivos y otros espacios cerrados sólo garantizando cuatro metros entre personas.
🏃🏼Actividad física al aire libre en grupos de hasta cuatro personas.
⚽Prohibición de competencias deportivas (torneos).
📚Escuelas con modalidad virtual o híbrida-semipresencial.
⛪Actos de culto con máximo de 75 personas en espacios cerrados y hasta 100 personas en espacios abiertos o al aire libre.
🎭Actividades culturales en horario de 05:00 a 23:59 horas, con aforo máximo de 75 personas sentadas con uso obligatorio de tapabocas.
Perú
⚠️Se encuentra en Estado de Emergencia Nacional desde el 01/04 por 30 días (Decreto Supremo Nº 058-2021-PCM y Decreto Supremo N° 070-2021-PCM).
✈️🚫Suspensión de vuelos provenientes del Reino Unido, Sudáfrica y Brasil, o con escala en dichos lugares hasta el 15/04.
➡️Peruanos y extranjeros residentes y visitantes pueden ingresar cumpliendo con los protocolos y medidas que establece el Ministerio de Salud, debiendo realizar cuarentena obligatoria de 14 días al arribo y:
▪️Completar "Declaración jurada electrónica de salud del viajero compromiso de comunicar a la autoridad de salud".
▪️Presentar prueba molecular tomada al menos 72 horas previas al vuelo.
➡️Medidas según la clasificación de provincias de acuerdo al riesgo de contagio de COVID-19: extremo, muy alto y alto hasta el 18/04.
▪️Inmovilización social obligatoria nocturna hasta las 4 a.m.; desde las 10:00 p.m. (para el nivel de alerta alto) o desde las 9:00 p.m. (en los niveles de alerta muy alto y extremo).
▪️Prohibición de circular en vehículos particulares en todos los niveles de alerta.
▪️En provincias con nivel de alerta extremo:
➖Confinamiento en domicilios días domingo.
➖Prohibición de casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas.
➖Cierre de templos y lugares de culto.
➖Prohibición de actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre.
➖Prohibición de uso de playas.
➖Prohibición de reuniones en espacios abiertos y cerrados.
➖Aforos permitidos entre 20% y 30% dependiendo de la actividad.
Uruguay
➡️Dispuso restricciones hasta el 30/04 (Decreto N° 90/2021, Decreto N° 107/2021 y prórroga del Decreto N° 104/2020).
➡️El congreso restringió el derecho constitucional de libre reunión, por 120 días a partir del 23/03/2021 (Ley N° 19.941):
📚Suspensión de las clases presenciales en todos los niveles de enseñanza.
🏀Restricciones temporales de gimnasios y clubes.
▪️Cierre de oficinas estatales a excepción de servicios imprescindibles.
▪️Cancelación de los espectáculos públicos, fiestas y eventos sociales.
▪️Aforo de ómnibus interdepartamentales.
▪️Cierre obligatorio de bares y restaurantes a medianoche.
▪️Clausura de free shops en las fronteras.
▪️Empresas privadas en modalidad teletrabajo.
▪️La fuerza pública disolverá cualquier aglomeración en el espacio público.
RESTRICCIONES GLOBALES POR COVID-19
Alemania
🔈 En los próximos días se dictaría una nueva ley en Alemania que prevé toques de queda locales con criterio único y medidas más restrictivas de aplicación uniforme en todo el país.
➡️ Fronteras cerradas. Listado de países habilitados al ingreso vigente desde el 11 de abril.
➡️Testeos obligatorios antes de abordar vuelos a cargo de pasajeros.
➡️Aislamiento al arribo.
➡️Multas por infracción a las restricciones sanitarias de hasta 25.000 euros.
Australia
➡️Fronteras externas cerradas. Sólo pueden ingresar ciudadanos australianos, residentes, familiares directos y viajeros provenientes de Nueva Zelanda.
➡️Se requiere testeos previos al ingreso.
➡️Aislamiento al arribo.
➡️Fronteras internas entre jurisdicciones cerradas.
➡️En los territorios del país rigen medidas sanitarias y restrictivas locales diferentes conforme la situación epidemiológica de c/u de ellas. En el Territorio de la Capital Australiana existen restricciones en gimnasios y centros de actividades deportivas, templos de culto, celebraciones de casamientos y funerales, museos, galerías, cines, teatros, y otros.
España
➡️No se permite el ingreso de personas provenientes de países fuera de la UE, Espacio Schengen salvo motivos impostergables y otras excepciones (Orden INT/294/2021).
➡️Obligatoriedad de cuarentena para quienes arriben desde determinados países (Orden SND/312/2021).
➡️Rige estado de alarma y toque de queda nacional hasta el 09/05 (Real Decreto 926/2020, prorrogado por el Real Decreto 956/2020).
➡️Comunidades autónomas adoptan medidas de:
➖Confinamiento perimetral y restricción de circulación.
➖Horarios de funcionamiento y aforos de locales gastronómicos.
➖Prohibición de reuniones sociales con más de seis personas y visitas a otros domicilios.
Estados Unidos
🔈Desde La Casa Blanca se elaboró un plan de acción para el combate del Covid 19.
➡️No se permite el ingreso ni el tránsito a pasajeros que hayan estado o transitado por países de la UE, Brasil Irán, Sudáfrica o en el Reino Unido en los últimos 14 días.
➡️Se debe presentar certificado de COVID-19 negativo al arribo, realizado como máximo 3 días antes de la salida del primer punto de embarque.
➡️Completar DD.JJ. y certificación antes de la salida.
➡️Algunos Estados requieren formularios específicos a ser completados por el pasajero, dependiendo del aeropuerto de ingreso al país (Nueva York, Massachusetts), y/o exigen cuarentena o medidas adicionales.
➡️Rigen medidas de viaje específicas para personas que hayan recibido dos dosis de vacunas contra el COVID-19, aprobadas por la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (FDA).
➡️Se estableció ayuda económica para acceder a seguros médicos que cubran los tratamientos que podrían derivar del contagio de Covid19. Asimismo se creó el Programa CHIP, para atender las necesidades sanitarias de los menores que no les corresponde el Medicaid, en razón de los ingresos familiares.
📚Colegios, desde jardín hasta 12° grado, funcionan con presencialidad y estrictos protocolos sanitarios. Asimismo los maestros como personal administrativo, son personal elegible y prioritario para la vacunación.
Francia
⚠️Colapso hospitalario.
➡️Restricciones de fronteras a viajeros provenientes de un país que no pertenezca al Área Europea.
➡️Restricciones para viajar fuera de Francia.
➡️Medidas adoptadas el 31/03 por cuatro semanas:
▪️Cierre de escuelas (hasta el 26/04 guarderías y primarias y hasta el 05/05 secundarios).
▪️Cierre de comercios no esenciales.
▪️Cierre de restaurantes.
▪️Toque de queda de 19 a 06 hs.
▪️Prohibición de trasladarse más de 10 km del lugar de residencia a menos que haya un motivo imperioso.
Gran Bretaña
🚫Prohibido salir del país por vacaciones. Sólo está permitido hacerlo por motivos justificados y autorizados.
➡️Obligación para pasajeros que ingresen al país de hisoparse al 2do y 8vo día del arribo.
➡️Obligación de comprar paquete de “cuarentena” (alojamiento en un hotel, alimentos, etc.) con costo de £1.750.
➡️Multas por incumplimiento de entre £5.000 a £10.000 y penas de prisión.
➡️Medidas internas:
▪️Puede haber restricciones para viajes dentro de Inglaterra y entre territorios del Reino Unido y se recomienda no hacerlos.
▪️Se recomienda el teletrabajo.
▪️Reuniones de cultos religiosos con aforo reducido.
▪️Reuniones en residencias privadas de menos de 6 personas.
▪️Reuniones en espacios abiertos de máximo 6 personas.
▪️Actividad física sólo en espacios al aire libre de hasta 6 personas. En espacios cerrados de sólo 1 persona o burbujas.
India
⚠️El 12 de abril, superó a Brasil en cantidad de contagios.
🔈El primer Ministro Narendra Modi insta a tomar medidas más restrictivas.
➡️Restricciones en algunas de sus ciudades más importantes ante nuevos récords de casos.
➡️Toques de queda, confinamiento fines de semana.
➡️Prohibición de reuniones de más de cuatro personas.
➡️Cierre de lugares públicos y privados de acceso público.
Israel
➡️Adoptó un “pasaporte verde” para habilitar la concurrencia a ciertos establecimientos que sólo se adquiere luego de la segunda dosis de la vacuna con validez por seis meses. Habilita el ingreso a: gimnasios y estudios; piscinas; restaurantes y cafés; estadios y eventos deportivos; museos, cines y teatros; y exhibiciones y eventos culturales.
➡️Reuniones de hasta 20 personas en espacios cerrados.
📚Colegios abiertos, con protocolos. Pueden prohibir ingreso a profesores que se nieguen a ser vacunados.
Italia
➡️Medidas adoptadas por Decreto-Ley N° 44/2021 hasta el 30/04.
▪️Fronteras cerradas a no nacionales de Europa y restricciones
▪️Prohíbe circulación, visitas a familiares y amigos en las "zonas rojas".
▪️Cierre de bares y restaurantes.
▪️Cierre de cines y teatros.
▪️Cierre de gimnasios y piscinas.
▪️Obligación de vacunarse a comerciantes, profesiones sanitarias y trabajadores sanitarios.
Japón
🏥El repunte de contagios obliga a endurecer restricciones en Japón.
⚠️Detectó una nueva mutación del coronavirus (E484K) en su país.
➡️Restricciones en varias ciudades como Miyagi, Hyogo y Osaka.
➡️Tiempo de trabajo limitado en restaurantes y cafeterías hasta las 20:00, con uso obligatorio de mascarilla.
➡️Se autorizaron mayores restricciones para Tokio, Kioto y Okinawa.
SI DESPUÉS DE LEER ESTO, SEGUÍS CREYENDO LO QUE TE VENDEN EN TN, LA NAZIÓN, BULLRICH, LARRETA, MACRI, MAZZOLI, EL ABOGADO DEL DIABLO, LA ESTANCIERA FRACASADA O LA JERINGA DESCARTABLE DE LA DERECHA CAÑADENSE, DEBERÍAS PRIMERO RETOMAR COMPRENSIÓN DE TEXTO Y TERMINAR DE NUEVO LA SECUNDARIA.
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