La Corte Suprema de Justicia de la Nación declara la inconstitucionalidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida.
Siete de los nueve jueces votan en ese sentido, uno en contra y el restante se abstiene. De este modo, los represores de la última dictadura militar ya no pueden ampararse en aquellas normas sancionadas durante el gobierno de Raúl Alfonsín, y que el Congreso anuló en 2003.
La sentencia de la Corte reconoce la validez de la anulación parlamentaria. El juez Carlos Fayt, que votara a favor de la validez de ambas leyes en 1987, ratifica su voto de entonces. Enrique Petracchi cambia su voto de dieciocho años antes y las considera inconstitucionales. Augusto Belluscio es quien se abstiene, tras haber votado la convalidación
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