Como siempre, la Justicia a medias..
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó el fallo que ordenó la extracción de muestras de ADN de Marcela y Felipe Noble Herrera, los hijos adoptivos de la principal accionista del Grupo Clarín, Ernestina Herrera de Noble, pero los acotó temporalmente y por grupos de familiares de desaparecidos. El fallo, firmado por todos los jueces del máximo tribunal, se pronunció sobre una cuestión que ya ha quedado superada por la realidad, pues los hermanos Noble Herrera aceptaron someterse voluntariamente al cotejo genético con todos los registros que figuran en el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG). El resultado –se sabe– fue negativo. Pero los alcances del fallo tienen, potencialmente, la capacidad de frustrar (o cuanto menos demorar por años) cualquier determinación futura de la identidad de ambos hermanos, incluso de otros casos de hijos de desaparecidos.
A principios de junio de 2011, la Sala Segunda de la Cámara Federal de Casación Penal ratificó el fallo que disponía la extracción compulsiva de muestras corporales a los hermanos Noble Herrera para establecer el patrón genético de ambos. Pero limitó la comparación de los datos genéticos a obtener con los registros de familiares de desaparecidos hasta el 13 de mayo de 1976, en el caso de Marcela, y hasta el 7 de julio del mismo año, en el de Felipe. Esas fechas tienen que ver con las datas presuntas de nacimientos de ambos hermanos y la posibilidad de que fueran hijos de desaparecidos.
Los jueces Raúl Madueño, Luis García y Guillermo Yacobucci, de esta forma, respaldaron parcialmente un fallo de primera instancia de la jueza federal de San Isidro Sandra Arroyo Salgado. La Casación ratificó la decisión de "hacer lugar a la medida de prueba solicitada por la querella, Abuelas de Plaza de Mayo, disponiendo así la extracción directa, con o sin consentimiento, de mínimas muestras de sangre, saliva, piel, cabello, u otras muestras biológicas pertenecientes en forma indubitada a Marcela y Felipe Noble Herrera".
El 17 de junio de 2011, los abogados de los hermanos presentaron un escrito ante la justicia en el que anunciaron que no apelarían el fallo de Casación. Es decir: los Noble Herrera aceptaban el examen comparativo de ADN con todos los grupos de familiares que constaban en el BNDG. Sin embargo, los abogados de un grupo de familiares de desaparecidos, las Abuelas de Plaza de Mayo y el fiscal general Raúl Plée objetaron las limitaciones de la decisión de Casación.
El robo de bebés durante la dictadura se caracterizó, además de la crueldad del método y la ilegalidad de la forma, por una brutal anomalía administrativa: todos los expedientes de adopción son, en principio, ideológicamente falsos y las fechas que allí aparecen registradas están sospechadas de adulteración dolosa.
De tal modo, cualquier delimitación temporal podría significar, en los hechos, que las fechas consignadas de parto y anotación en el registro civil fueran falsas. Esto hecho con el fin de enmascarar el delito de la apropiación y la supresión de identidad.
Tampoco está claro qué ocurriría si aparecieran nuevos grupos de familiares de desaparecidos cuyos datos genéticos no están aún en el BNDG.
Sin pronunciarse sobre esas cuestiones, la Corte Suprema rechazó el recurso extraordinario interpuesto por Carlos Alberto Miranda y Estela Gualdero, ambos familiares de desaparecidos y querellantes en la causa, representados por los abogados Alcira Ríos y Pablo Llonto. También por la presidenta de la Abuelas de Plaza de Mayo, Estela Barnes de Carlotto, representada por los abogados Alan Iud y Mariano Gaitán, y por el fiscal Plée.
Sin pronunciarse sobre esas cuestiones, la Corte Suprema rechazó el recurso extraordinario interpuesto por Carlos Alberto Miranda y Estela Gualdero, ambos familiares de desaparecidos y querellantes en la causa, representados por los abogados Alcira Ríos y Pablo Llonto. También por la presidenta de la Abuelas de Plaza de Mayo, Estela Barnes de Carlotto, representada por los abogados Alan Iud y Mariano Gaitán, y por el fiscal Plée.
Todos los jueces de la Corte coincidieron en que la apelación "no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable", razón por la cual el recurso extraordinario fue "mal concedido". En otras palabras, el máximo tribunal no tiene que intervenir, al menos por ahora.
La posibilidad de que Marcela y Felipe Noble Herrera sean hijos de desaparecidos parece descartada con las pruebas producidas hasta el momento. Pero a fines del año pasado, la Cámara de Casación rechazó sobreseer definitivamente a Ernestina Herrera de Noble, con lo cual el expediente permanece abierto y la posibilidad de que aparezcan nuevos grupos de familiares reclamando por ellos como sus nietos apropiados, aunque lejana, todavía está latente.
La posibilidad de que Marcela y Felipe Noble Herrera sean hijos de desaparecidos parece descartada con las pruebas producidas hasta el momento. Pero a fines del año pasado, la Cámara de Casación rechazó sobreseer definitivamente a Ernestina Herrera de Noble, con lo cual el expediente permanece abierto y la posibilidad de que aparezcan nuevos grupos de familiares reclamando por ellos como sus nietos apropiados, aunque lejana, todavía está latente.
Tras el fallo de la Corte, si esa situación hipotética se produjera, una nueva investigación estaría sujeta a los mismos vaivenes que atravesó la actual, que demoró más de una década en llegar a una respuesta.
Fuente: Tiempo Argentino
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